Ocasionar incendios forestales es un delito que se sanciona con pena privativa de la libertad de cuatro a seis años, de acuerdo con el Código Penal, recordó el Ministerio del Ambiente (Minam) y demás instituciones vinculadas a la conservación del medio ambiente en un pronunciamiento conjunto, en el que refiere que en el Perú el 98 % de los siniestros son originados por el hombre.